El Tribunal Superior de Bogotá ordenó este martes la libertad del exministro de Hacienda Ricardo Bonilla González, en el marco del proceso que enfrenta por su presunta participación en el escándalo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
La decisión se produce tras una solicitud presentada por su defensa, encabezada por el abogado penalista Alejandro Carranza, quien alegó un vencimiento de términos debido a demoras en la actuación de la Fiscalía.
Según la defensa, transcurrieron más de 120 días desde la imputación sin que se radicara el escrito de acusación, superando el plazo establecido en el Código de Procedimiento Penal. Bonilla permanecía detenido en un complejo de la Policía en el norte de Bogotá.
El exministro es una de las figuras de alto nivel del gobierno del presidente Gustavo Petro vinculadas al entramado de corrupción en la UNGRD, en el que, según las investigaciones, se habrían desviado recursos públicos en 2023 para beneficiar a contratistas y congresistas a cambio de apoyos políticos en el Congreso.
Bonilla fue imputado a finales del año pasado junto con el también exministro Luis Fernando Velasco Chaves, en medio de señalamientos por su presunta participación en estas irregularidades.
Por su parte, la Fiscalía sostuvo que el término de 120 días debía contarse desde la privación de la libertad —ocurrida el 18 de diciembre y no desde la imputación. Bajo ese criterio, el plazo se cumpliría el 16 de abril, por lo que aún habría margen para presentar la acusación.
De hecho, el fiscal Gabriel Sandoval informó que el escrito de acusación fue radicado este mismo martes ante la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia.
Decisión de la magistrada
La magistrada Isabel Álvarez Fernández fue la encargada de resolver la controversia. En su análisis, se centró exclusivamente en el numeral cuarto del artículo 317 del Código de Procedimiento Penal, que establece el plazo de 120 días.
“La propuesta interpretativa que presentan la Fiscalía y los apoderados de víctimas […] la considero inaceptable. No pueden interpretarse las normas de manera extensiva y de manera desfavorable”, señaló la magistrada durante la audiencia.
Álvarez Fernández concluyó que el conteo de los términos debe hacerse desde la imputación, y no desde la captura, como sostenía la Fiscalía.
En consecuencia, determinó que al momento de iniciarse la audiencia no se había radicado formalmente el escrito de acusación, por lo que procedía conceder la libertad por vencimiento de términos.
Aunque la Fiscalía presentó la acusación durante el desarrollo de la diligencia, la magistrada consideró que este hecho no modifica la situación jurídica al momento de iniciar la audiencia, lo que finalmente llevó a ordenar la libertad del exministro.





