El Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que la Procuraduría sancionó a Camilo Mendoza Rozo cuando ya había vencido el plazo legal.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló la destitución e inhabilidad por nueve años que la Procuraduría había impuesto a Camilo Mendoza Rozo, exvicepresidente de Gestión Contractual de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), por un proceso disciplinario relacionado con el caso de la Ruta del Sol y Odebrecht.
La decisión no estableció que las actuaciones contractuales investigadas fueran legales. El Tribunal concluyó que la Procuraduría perdió la facultad para imponer la sanción porque el proceso disciplinario había prescrito.
¿De qué se trataba el proceso?
El expediente se originó en modificaciones realizadas al contrato de concesión de la Ruta del Sol, sector 2, específicamente en relación con estudios y diseños para el tramo Ocaña–Aguaclara–Gamarra–Puerto Capulco.
Para la Procuraduría, esas obras no tenían una relación directa con el proyecto original y, por esa razón, no podían incorporarse mediante una modificación del contrato vigente. Según el ente de control, debió adelantarse un nuevo proceso de selección.
Mendoza Rozo fue declarado responsable disciplinariamente en primera instancia en septiembre de 2022. La decisión fue confirmada en segunda instancia en agosto de 2024 y contemplaba su destitución e inhabilidad durante nueve años.
El Tribunal, sin embargo, no analizó de fondo si las modificaciones contractuales fueron legales ni determinó si el exfuncionario incurrió en la conducta investigada.
La prescripción fue determinante
La decisión se concentró en el tiempo que tenía la Procuraduría para adelantar y culminar el proceso disciplinario.
De acuerdo con las normas aplicables a los hechos, la autoridad disciplinaria contaba con un plazo máximo de cinco años, contados desde la apertura de la investigación, para notificar la decisión de primera instancia.
Según el Tribunal, ese término venció el 25 de agosto de 2022. Sin embargo, la Procuraduría emitió y notificó el fallo el 27 de septiembre de 2022, aproximadamente un mes después.
Por esa razón, la Corporación concluyó que la acción disciplinaria ya había prescrito cuando se impuso la sanción.
Uno de los argumentos examinados fue la suspensión de términos durante la emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19. La Procuraduría sostuvo que ese periodo debía tenerse en cuenta para ampliar el plazo disponible.
El Tribunal descartó esa interpretación y determinó que, para este caso, la suspensión de términos durante la emergencia sanitaria no podía utilizarse para extender el plazo de prescripción.
Para sustentar su posición, la Corporación tuvo en cuenta una sentencia del Consejo de Estado de junio de 2025, según la cual la prescripción disciplinaria constituye una garantía del debido proceso.
¿Qué significa la decisión?
La sentencia deja sin efecto la destitución y la inhabilidad impuestas a Mendoza Rozo dentro de este proceso disciplinario.
Sin embargo, el fallo no determina que las modificaciones de la Ruta del Sol hayan sido legales ni exonera de fondo al exfuncionario de las conductas que fueron objeto de investigación. La razón de la decisión fue exclusivamente la prescripción de la acción disciplinaria.
El caso está relacionado con uno de los capítulos contractuales derivados del proyecto Ruta del Sol y con las investigaciones que surgieron alrededor del escándalo de corrupción de Odebrecht en Colombia.





