Las últimas horas han sido de completo hermetismo por parte del presidente de la República, Gustavo Petro, frente a la situación que se registra en el Catatumbo, luego de que detonara la guerra entre la guerrilla del Eln y la disidencia del Frente 33 de las Farc que hacen presencia en el territorio.
Le puede interesar: Baño de sangre en el Catatumbo: van 58 personas asesinadas
Aunque el jefe de Estado encabezó un consejo de seguridad el viernes al finalizar la tarde en Tibú, acompañado por algunos de sus ministros y la cúpula militar, al término del encuentro no hubo declaraciones y concluyó en medio de completa cautela.
Sin embargo, trascendió que una de las opciones que planteó el mandatario para hacerle frente al horror que hoy se libra en esta región del departamento y detener el baño de sangre que ha obligado el desplazamiento de miles de catatumberos, es declarar el Estado de Conmoción Interior y, adicionalmente, la Emergencia Económica en Norte de Santander, razón por la cual toda la atención está puesta hoy en esa decisión.La Opinión conoció que ayer fueron convocados en el Palacio de Nariño los asesores jurídicos de los diferentes ministerios, con el fin de revisar en detalle los alcances de la medida propuesta por el Gobierno Nacional, así como los decretos que se expedirán y que le otorgarán facultades especiales al jefe de Estado para intentar conjurar la situación a la que se enfrenta hoy nuevamente la zona norte del departamento.
Lea aquí: Crisis en el Catatumbo: así se está atendiendo el desplazamiento masivo en Norte de Santander
Por ahora se desconoce cuándo será expedida la declaratoria, así como los decretos, puesto que ni el presidente de la República ni el ministro del Interior se han referido al asunto.
Pero, ante la expectativa que ha generado el anuncio que se conoció por parte de quienes participaron en el consejo de seguridad, las preguntas que muchos se hacen hoy son: ¿qué es la Conmoción Interior? y ¿para qué servirá en medio de la guerra que se libra hoy?
Según está contemplado en la Constitución Política de Colombia, en su artículo 213: “En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra la estabilidad institucional, la seguridad del Estado, o la convivencia ciudadana, y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de Policía, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Conmoción Interior, en toda la República o parte de ella”.
Lea también: Catatumbo en crisis: Llamado urgente al Gobierno Nacional para detener la guerra y proteger a los civiles
Esa figura, sin embargo, solo podrá adoptarse por un periodo no mayor a 90 días. Aunque este puede ser prorrogable, el segundo de ellos ya debe tener un concepto previo y favorable por parte del Senado de la República, tal y como lo indica la Carta Política.
¿Para qué sirve?
El artículo 213 señala que durante el Estado de Conmoción Interior, “el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para conjurar las causas de la perturbación e impedir la extensión de sus efectos”.